Para permanecer en España por un periodo de tiempo prolongado, superior al del visado, el gobierno ofrece a los extranjeros la posibilidad de solicitar un permiso de residencia. Dicha solicitud se regula según la ley “Sobre los derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social”. Entre las opciones existentes para obtener dicho permiso de residencia podemos encontrar:
Esta modalidad permite a los extranjeros, desde el año 2013, obtener el permiso de permanencia y trabajo en España gracias a las inversiones que realicen en el país. Pueden disfrutar de dicha opción a través de 4 tipos de inversiones:
Puede ser solicitado tanto en el país de residencia, en el consulado español, como en España, siempre que el solicitante se encuentre en el país en situación legal.
Dicha “Golden Visa” permite a sus posesores vivir y trabajar en España por un periodo de dos años con posibilidad de renovarla. Asimismo, existe la opción de reagrupar familiares cercanos: esposa/esposo, hijos, padres, nietos.
En este caso, se le permite a una persona presentar la solicitud del permiso de residencia ante extranjería basada en la previsión de realizar en el territorio nacional un proyecto empresarial. Es decir, abrir una empresa contribuyendo a la economía española. Para dicha solicitud será necesario:
Esta modalidad permite solicitar el permiso de residencia en España declarando, por parte del solicitante, la solvencia para poder permanecer en el país por el tiempo de su duración. Ello se determina a través de la disponibilidad en las cuentas de una cantidad equivalente al 400% del IPREM, y el 100% por cada miembro de la familia reagrupado. Esta comienza con una duración de un año y la posibilidad de prolongarse dos veces por otros dos años, llegando a un permiso de residencia de cinco años, el cual se convierte posteriormente en indeterminado.
Para obtener dicha autorización se ha de declarar bien la posesión de un inmueble en España, o bien, un contrato de alquiler que proporcione una vivienda a la persona solicitante y sus familiares. En este caso, el autorizado no goza del permiso laboral en el territorio del país.
Esta opción permite a la persona que ya se encuentre en posesión de la autorización de residencia reagrupar a sus familiares en su lugar de residencia. El permiso de dichos familiares será de la misma duración que de la persona reagrupante y la documentación necesaria se solicitará en función del permiso principal del residente.
Los estudiantes gozarán de la posibilidad de permanecer en el país por el tiempo de sus estudios y obtendrán el permiso de trabajo a tiempo parcial, que sea compaginable con los estudios. Para su obtención será necesario presentar un certificado de conocimiento del idioma y de admisión a una institución educativa, así como de la disponibilidad de fondos para el alojamiento y el estudio.
Puede ser solicitada por aquellas personas que hayan permanecido legalmente en España por 5 años consecutivos o bien que estén casados con un ciudadano español. Brinda a su posesor casi los mismos derechos de los ciudadanos de nacionalidad española, con la exclusión del derecho de voto en las elecciones, participación en el servicio militar o el trabajo en los órganos policíacos.